Suprema rechaza recurso por residencia definitiva al no cumplirse el plazo mínimo de residencia temporal
El máximo tribunal revocó el fallo de la Corte de Valparaíso y rechazó la protección contra el Servicio Nacional de Migraciones, al concluir que la autoridad aplicó correctamente la Ley N°21.325 y su reglamento. La sentencia tuvo voto disidente.

La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que había acogido un recurso de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones y, en su lugar, rechazó la acción presentada por una persona cuya solicitud de residencia definitiva no fue admitida a trámite.
La controversia se originó cuando el Servicio rechazó la admisión a trámite de la solicitud por estimar que la recurrente no cumplía el tiempo mínimo de residencia temporal establecido en la normativa vigente.
El máximo tribunal sostuvo que el Servicio actuó dentro del marco normativo vigente al resolver que la recurrente no cumplía con el período mínimo necesario para postular a la residencia definitiva, y que la autoridad aplicó correctamente la Ley N°21.325 y su reglamento al exigir dicho período, sin incurrir en ilegalidad ni arbitrariedad.
La sentencia contó con un voto disidente, que sostuvo que la normativa aplicable al momento de presentarse la solicitud era la nueva Ley de Migración y Extranjería y que, además, la Circular N°8 de 2022 había sido dejada sin efecto por una circular posterior, de modo que la actuación del Servicio no se ajustaba a derecho.
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