Caso Sartor pone a prueba la Ley de Delitos Económicos: por qué esta formalización importa más allá del escándalo financiero
Once imputados, siete delitos discutidos y cuatro prisiones preventivas. Sartor se convirtió en una de las primeras grandes causas financieras donde se observa en tribunales el funcionamiento de la Ley de Delitos Económicos, una reforma creada precisamente para cambiar la forma en que Chile sanciona la criminalidad empresarial de mayor gravedad.

El caso Sartor dejó de ser solamente una investigación del mercado financiero.
Tras catorce jornadas de audiencia, el 18 de agosto el 4° Juzgado de Garantía de Santiago decretó prisión preventiva para Pedro Pablo Larraín, Carlos Larraín, Michael Clark y Sergio Yáñez, cuatro de los once imputados en la investigación relacionada con Sartor AGF.
Para resolver las cautelares, el tribunal estimó suficientemente justificada, en esta etapa preliminar, la existencia de seis de los siete delitos discutidos. Solo uno quedó fuera.
| Delito | Estado para efectos cautelares |
|---|---|
| Administración desleal | Justificado |
| Estafa | Justificado |
| Negociación incompatible | Justificado |
| Entrega de información falsa al mercado | Justificado |
| Fraude por omisión de OPA | Justificado |
| Lavado de activos | Justificado |
| Contrato simulado | No configurado |
La Fiscalía sostiene que detrás de las operaciones investigadas existiría un esquema mediante el cual fondos administrados por Sartor habrían financiado empresas relacionadas con personas vinculadas al propio grupo. El Ministerio Público ha estimado los perjuicios globales en cerca de US$200 millones. Las defensas han controvertido tanto la existencia de esos perjuicios como la participación penal atribuida a sus representados.
El proceso sigue abierto. Una formalización no es una condena, y una prisión preventiva no es una pena anticipada. Los imputados mantienen su presunción de inocencia mientras no exista sentencia condenatoria firme.
Por qué el caso importa más allá del escándalo
Detrás de esta investigación aparece una de las reformas penales más relevantes de los últimos años: la Ley N°21.595 sobre delitos económicos, publicada el 17 de agosto de 2023.
Su objetivo no fue simplemente subir penas. La ley creó un régimen especial para enfrentar la delincuencia económica y empresarial, y modificó la forma en que se determinan las sanciones, las multas, las inhabilitaciones y la pérdida de las ganancias obtenidas mediante el delito.
Sartor reúne varios de los elementos que esa ley quiso abordar: grandes operaciones financieras, administración de recursos de terceros, personas ubicadas en posiciones relevantes dentro de estructuras empresariales y perjuicios de alta magnitud.
La ley no creó estos delitos
Estafa, administración desleal, negociación incompatible y diversos delitos financieros ya existían antes de 2023. La Ley 21.595 hizo algo distinto: determinó cuándo ciertos ilícitos deben considerarse delitos económicos y les aplicó un régimen penal propio.
Por eso hoy no basta con preguntar qué delito se cometió. También importa en qué contexto empresarial ocurrió, qué posición ocupaba el autor y cuál fue concretamente su participación.
Ser gerente o director no basta para agravar la pena
La posición dentro de una empresa puede ser relevante, pero la ley exige algo más que un cargo formal. Considera especialmente grave que una persona haya participado activamente desde una posición jerárquica superior dentro de la organización.
No basta, entonces, con ser director, gerente general o ejecutivo: debe analizarse cuál era su poder real de decisión y qué participación concreta tuvo en los hechos. El punto puede adquirir especial relevancia en Sartor, considerando la presencia entre los formalizados de controladores, directores y altos ejecutivos vinculados a las operaciones investigadas.
La irreprochable conducta anterior ya no opera igual
Aquí está uno de los cambios de mayor efecto práctico. Tradicionalmente, quien nunca había sido condenado podía invocar la irreprochable conducta anterior del artículo 11 N°6 del Código Penal, y con ella acceder a penas sustitutivas incluso tras una condena por un delito económico grave.
Para los delitos económicos, la Ley 21.595 estableció un sistema propio de circunstancias modificatorias y excluyó la aplicación de las atenuantes y agravantes generales de los artículos 11 a 13 del Código Penal, junto con las reglas de determinación de pena de los artículos 65 a 69. La atenuante simple de irreprochable conducta anterior estuvo contemplada en el proyecto y fue eliminada durante su discusión.
En términos simples: no tener condenas previas dejó de operar automáticamente como la atenuante que reducía la pena de quien comete un delito económico. La lógica fue evitar que la ausencia de antecedentes penales disminuyera de forma sistemática la respuesta frente a delitos empresariales especialmente graves.
| Materia | Régimen general | Delitos económicos |
|---|---|---|
| Atenuantes y agravantes | Artículos 11 a 13 del Código Penal | Catálogo propio; se excluyen los artículos 11 a 13 |
| Determinación de la pena | Artículos 65 a 69 del Código Penal | Reglas especiales propias |
| Irreprochable conducta anterior | Atenuante del artículo 11 N°6 | No opera como atenuante simple |
| Multas | Montos fijos | Vinculadas a la capacidad económica del condenado |
| Ganancias del delito | Comiso general | Comiso de ganancias reforzado |
| Responsabilidad de la empresa | Ley N°20.393, catálogo acotado | Catálogo ampliado y mayor exigencia al modelo de prevención |
El delito tampoco debe ser rentable
La cárcel no fue la única preocupación del legislador. La ley reforzó el comiso de ganancias, es decir, los mecanismos que permiten privar al responsable de los beneficios económicos obtenidos mediante el delito, e introdujo un sistema de multas vinculado a la capacidad económica del condenado.
Frente a un delito económico, por tanto, la pregunta ya no es solo cuántos años de cárcel se arriesgan, sino cuánto patrimonio puede perderse como consecuencia del delito.
El compliance debe funcionar, no solo existir
La reforma también modificó la responsabilidad penal de las empresas. Chile contaba desde 2009 con la Ley N°20.393, pero la Ley 21.595 amplió de forma significativa los delitos que pueden generar responsabilidad empresarial y elevó las exigencias aplicables a los modelos de prevención.
Ya no basta con concebir el compliance como un código de ética, un encargado de prevención y algunos protocolos. El modelo debe ser adecuado al tamaño, giro, estructura, actividades y riesgos reales de la organización.
La pregunta deja de ser "¿la empresa tenía un modelo de prevención?" y pasa a ser "¿ese modelo era realmente capaz de prevenir los riesgos de esa empresa?". Es el paso desde un compliance documental hacia uno efectivo.
La Corte ya comenzó a revisar las cautelares
El 26 de agosto, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la prisión preventiva de Pedro Pablo Larraín, Carlos Larraín y Sergio Yáñez, y mantuvo otras medidas cautelares decretadas respecto de imputados del caso. Michael Clark continúa igualmente sujeto a prisión preventiva.
Estas decisiones no anticipan el resultado del juicio, pero muestran la intensidad con que los tribunales están enfrentando una investigación financiera de gran magnitud.
Un límite clave: la ley penal no se aplica hacia atrás
El caso contiene además una discusión jurídica particularmente interesante. Parte de las conductas investigadas se remontarían a 2020, pero la Ley 21.595 fue publicada recién el 17 de agosto de 2023.
No puede asumirse, entonces, que todos los hechos investigados queden automáticamente sometidos al nuevo régimen. En materia penal rige una garantía básica: una ley posterior no se aplica retroactivamente cuando resulta más perjudicial para el imputado. Las conductas anteriores a la vigencia deberán analizarse conforme al régimen temporal que corresponda, mientras que las posteriores podrán quedar sometidas al nuevo estatuto cuando se cumplan sus requisitos.
Si la investigación comprende conductas desarrolladas durante varios años, esta cuestión puede convertirse en una de las discusiones centrales del proceso.
Por qué Sartor puede volverse emblemático
Porque concentra buena parte de los elementos para los cuales fue creada la nueva legislación: operaciones dentro de estructuras empresariales, personas en posiciones relevantes, administración de patrimonio de terceros, operaciones con sociedades relacionadas y perjuicios de gran magnitud.
Eso lo convierte en algo más que una investigación financiera. Puede transformarse en uno de los primeros grandes escenarios en que los tribunales chilenos deban aplicar y desarrollar los criterios de la Ley de Delitos Económicos.
La pregunta relevante, por tanto, no será únicamente qué ocurrió con los fondos administrados por Sartor. También habrá que observar si la Ley 21.595 logra aquello para lo cual fue diseñada: que los grandes delitos económicos reciban una respuesta penal proporcional a su gravedad, sin que la posición económica o empresarial del autor se transforme, por sí sola, en una ventaja frente al sistema penal.
Esa respuesta recién comienza a escribirse en los tribunales.
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