264/227 de mayo de 2026
Artículo 360 del Código del Trabajo. Servicios mínimos y equipos de emergencia deben calificarse antes de negociar.
QUÉ RESUELVE
Establece que los servicios mínimos y equipos de emergencia deben encontrarse calificados antes de que se inicie el proceso de negociación colectiva.
EN LA PRÁCTICA
Si en una empresa sin sindicato se constituye uno y la negociación se inicia sin contar con la calificación, el proceso debe suspenderse hasta obtenerla, y luego continúa desde el estado en que quedó: no se anula ni se retrotrae, queda en pausa. La consecuencia práctica es de planificación, porque presentar el proyecto antes de tener la calificación no adelanta nada.